Cónyuge o compañero permanente
Documentos requeridos:
• Documento de identidad del cónyuge o compañero.
• Registro civil de matrimonio o declaración de convivencia.
Tener en cuenta:
El cónyuge o compañero pueden ser del mismo o distinto género.
Hijos, hijastros o hijos adoptivos menores de 25 años — o hijos de cualquier edad con discapacidad
Documentos requeridos:
• Documento de identificación del hijo, hijo adoptivo o hijastro.
• Registro civil del hijo, hijo adoptivo o hijastro.
• En caso de hijo discapacitado: certificación de discapacidad expedida por médico de la EPS.
• En caso de hijos adoptivos: Certificado de adopción o acta de entrega del menor, emitido por el ICBF o entidad autorizada.
Tener en cuenta:
1. Documentos según la edad del hijo:
• Menores de 8 años: Registro civil.
• Entre 8 y 18 años: Tarjeta de Identidad.
• Mayores de 18 años: Cédula de ciudadanía.
2. Hijos con discapacidad: solicitar cita con Medicina Laboral de la EPS para dictamen de pérdida de capacidad laboral.
3. En caso de hijastro: la madre también debe estar afiliada como cónyuge del cotizante.
Menor en custodia
Documentos requeridos:
• Documento de identificación acorde a la edad.
• Documento de autoridad judicial o administrativa competente que señale la custodia del menor.
Tener en cuenta:
Aplica para menores de 18 años.
Padres
Documentos requeridos:
• Documento de identidad de los padres.
• Registro civil del cotizante.
• Declaración sobre la dependencia económica con el cotizante.
Tener en cuenta:
Los padres deben depender económicamente del cotizante y no declarar renta. Se pueden afiliar los padres de cualquiera de los dos cónyuges aunque tengan hijos afiliados, siempre que ambos cónyuges del grupo familiar sean cotizantes.
Familiares hasta 3° de consanguinidad (hermanos, sobrinos, nietos, tíos, etc.)
Documentos requeridos:
• Registro civil del cotizante.
• Documento de identidad del familiar en 3° de consanguinidad.
• Registro civil del familiar en 3° de consanguinidad.
• Documento de autoridad judicial o administrativa que señale la custodia, documento del ICBF o acta de defunción de los padres del beneficiario.
Tener en cuenta:
Deben ser menores de 25 años, o de cualquier edad si tienen incapacidad permanente, y depender económicamente del cotizante si los padres han fallecido, perdido la patria potestad o están ausentes.
Para el caso de nietos: la madre o el padre del menor deben estar afiliados como beneficiarios en el mismo grupo familiar.
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